Resumen: La sentencia reitera la importancia en la extinción de la prórroga forzosa por la causa de necesidad de la vivienda arrendada del requerimiento previo que ha de realizarse al arrendatario. Ha de reunir todos los requisitos que establece la LAU a fin de que el arrendatario tenga todos los datos para valorar su decisión respecto al requerimiento de abandono de la vivienda. La necesidad de ocupación ha de ser directa del arrendador o de sus ascendientes o descendiente; pero no contempla una necesidad refleja. Es decir, una necesidad que sirve de puente para otra persona. El padre iría a la vivienda arrendada y su hija pasaría a ocupar la del padre, que es de mayor superficie.